Errores habituales en los documentos de alta de cuentas.
Estos son los principales errores que suelen cometerse en la emisión del certificado sustitutivo de las Actas de Comunidades de Propietarios.
El certificado (puedes encontrar las plantillas recomendadas aquí) es un documento muy sencillo, que tiene la información mínima y que, gracias a su formato conciso, nos permiten agilizar con tecnología la comprobación previa del contenido, acelerando así la gestión.
En el caso que el certificado sea declinado, aquí puedes ver los errores mas habituales que se suelen cometer. Ordenados por las veces que se repiten:
- Emitir el certificado como profesional (persona física) en lugar de hacerlo en nombre de la sociedad, en caso de que el despacho facture los servicios como sociedad.
- Imposibilidad de cotejar la firma digital, porque el certificado esté vencido o no sea válido.
- NIF provisional con antigüedad superior a 6 meses. En este caso no se admiten estos NIFs y debe aportarse el NIF definitivo.
- No firmar el certificado o hacerlo con certificado digital personal en lugar del de representante de la sociedad (en caso de que el despacho facture los servicios como sociedad).
- Fecha de constitución incoherente, como, por ejemplo, que la fecha de emisión del NIF sea anterior a la fecha de constitución de la comunidad (en este caso se informaría la misma fecha que el NIF como fecha de constitución).
Además del certificado, es necesario subir copia del NIF de la Comunidad: debe ser el definitivo y además debe verse con claridad.
Si no se dispone de NIF definitivo, excepcionalmente puede aportarse el NIF provisional, siempre y cuando este tenga una antigüedad menor a seis meses. En este caso deberá aportarse el NIF definitivo antes de que se cumplan los seis meses o la cuenta podrá ser bloqueada hasta que se aporte la documentación correspondiente.
Si tienes cualquier duda, nuestro equipo de soporte@holunibo.com te echará una mano. Queremos que tengas la cuenta operativa lo más rápido posible.